Requisitos para la realización de las especialidades
Cursos y formación específicas para vigilantes de seguridad
A partir del 10 de Diciembre de 2012 (BOE núm. 296) los Vigilantes de Seguridad precisarán obtener necesariamente el diploma del curso correspondiente al puesto que deseen optar, este curso quedará reflejado en la cartilla profesional y tendrá una duración mínima de diez horas.
Sólo los Vigilantes de Seguridad que ya se estén realizando servicio en dichos puestos y puedan acreditar su desempeño en esa área durante un período mínimo de dos años no estarán obligados a la realización de estos cursos específicos.
Se precisa para la realización de estos cursos:
- Ser mayor de edad
- DNI o Permiso de Residencia o Trabajo
- Poseer título de Vigilante de Seguridad con TIP o en proceso